La semana pasada recibíamos en nuestros colegios unas instrucciones del Departamento de Educación por la que se nos insta a que todos nuestros alumnos, tanto los matriculados este curso como los que lo harán en el 2017-18, rellenen un impreso en el que expresen con su firma la opción por la enseñanza religiosa o su alternativa. Vamos, que parece que la Administración no se fía mucho de nosotros y ha cedido finalmente a la pretensión de Podemos en las Cortes de Aragón.
Entiendo el celo de la Administración por hacer cumplir la legalidad vigente, que, por cierto, es la que ha establecido la LOMCE. Pero en este asunto no les reconozco buena voluntad. Primero por su postura contraria a la ley del PP. Tanto es así que comenzaron su gobierno anunciando a bombo y platillo que venían a parar la LOMCE, continuaron con decisiones contrarias a la misma que están en estos momentos en los tribunales, entre ellas dos relativas a la enseñanza de la religión, y han hecho todo lo que han podido para boicotear, tergiversar, rebajar, menoscabar cualquier aspecto legal que se saliese de sus esquemas. Muy mal ejemplo en el cumplimiento de la legalidad.
Segundo porque esta medida se inscribe en una política de acoso y derribo de la escuela concertada en cuanto católica. Me hubiera gustado ver tanto celo como el que ahora muestran en corregir los abusos que habitualmente se producen en la escuela pública, en muchos de cuyos centros se aconseja con vehemencia a los padres que no apunten a sus hijos en religión, se llama a casa de los ya inscritos para disuadirles diciéndoles que seguramente no saldrá grupo y se elaboran los horarios con la inequívoca intención de poner todo tipo de trabas al que quiere ejercer su legítimo derecho. Que no siempre es así, ni lo es en todos los públicos? Por supuesto. Pero todos sabemos de qué estamos hablando. Que nos conocemos.
La Administración, como se recoge en las instrucciones citadas, tiene la obligación de garantizar el «derecho que tienen los alumnos a que se respete su libertad de conciencia, sus convicciones religiosas, morales o ideológicas, de acuerdo con la Constitución, así como su intimidad en lo que respecta a tales creencias o convicciones», y esto se concreta en nuestro ordenamiento jurídico «mediante la información sobre el Proyecto Educativo o sobre el Carácter Propio del Centro», y mediante «la elección de la formación religiosa o moral que resulte acorde con las convicciones propias, sin que de esta elección pueda derivarse discriminación alguna».
Según este criterio, siempre hemos entendido que la elección de un colegio con ideario católico implicaba cursar la asignatura de religión católica, por el hecho mismo de la voluntariedad de la elección. Justamente por eso la ley nos obliga a los centros privados a hacer público el carácter propio. Y así lo hacemos. Éste es el nuestro, en el que se recoge claramente el ideario del centro y nuestro criterio sobre la clase de religión: http://www.colegiosantodomingodesilos.com/web/el-colegio/caracter-propio/ . Así hemos procedido sin nada que objetar, por cierto, por parte de la Administración. Hasta ahora… ¿Qué qué ha cambiado entonces? Por lo menos tres cosas. La primera que la LOMCE ha dado a la religión carácter computable para la media (evaluable ya lo era con la LOE), y ha determinado claramente las respectivas alternativas según los niveles, para no incurrir en el vacío de lo que la norma llamaba atención educativa. Este cambio hubiera sido lo de menos si no hubiese contribuido sobremanera a excitar los ánimos de los detractores de la asignatura, que son incontables. La segunda, que desde el mismo del Servicio Provincial se han ocupado en perseguir de forma activa y militante este asunto. La tercera, que, en esta coyuntura política, se ha instado al Departamento a intervenir y el Departamento no ha dejado pasar la ocasión de agraviarnos una vez más atizándonos unas lamentables instrucciones en respuesta a nuestra reacción social y judicial en la cuestión de la reducción de aulas concertadas.
Y ahora pregunto: ¿Que base legal tiene la Administración para imponer un impreso de matrícula a los centros privados concertados? ¿Un impreso en el que aparece la opción de marcar religión evangélica, judía o musulmana a centros que, por carácter propio, no estamos obligados a ofrecer esas materias? Entiendo que la inspección tenga una responsabilidad a la hora de hacer cumplir la legalidad vigente. Pero, que se nos obligue con carácter preventivo y por vía de instrucción a poner en manos de nuestras familias un determinado impreso de matrícula, es ya el colmo. A veces uno piensa si no estaremos intervenidos por el Estado, como los bancos.
¿Qué será lo siguiente?
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